HIDROCARBUROS
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Reseña Histórica
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En mayo
de 1994 se aprobó la Ley de Hidrocarburos N° 7399. En ella se establecen las
reglas bajo las cuales se deben realizar las actividades de exploración y
explotación de hidrocarburos en Costa Rica. Dicha ley establece el vínculo
imprescindible entre la protección del ambiente y el desarrollo eventual de
la explotación de hidrocarburos; además en la ley se establecen los términos
económicos y fiscales básicos que deben regir en la explotación y exploración
de petróleo en nuestro país.
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En
acatamiento del artículo No. 3 de la citada ley, se creó la Dirección General
de Hidrocarburos como el órgano técnico especializado del MINAE, a cuyo cargo
estarán los trámites y los procedimientos tendientes a formalizar y a
ejecutar correctamente, los contratos que el Poder Ejecutivo llegue a
suscribir al respecto
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La DGH
operó normalmente hasta que la Administración del doctor Abel Pacheco decidió
la suspensión de la exploración y explotación de hidrocarburos. Lo anterior
propició un debilitamiento paulatino y sustancial del accionar de la DGH. Los
funcionarios de RECOPE fueron recuperados por esa institución y la Dirección
de DGH mantuvo las tareas al mínimo.
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De la DGH
se mantuvo trabajando el CENIGA, instancia adscrita a la DGH pero cuyas
responsabilidades están orientadas a la información ambiental en general. En
adelante se describe con profusión sobre el CENIGA
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Misión
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“Regular
y fiscalizar las áreas de exploración y explotación de hidrocarburos mediante
la atención de trámites, emisión e implementación de normativa y difusión de
información sobre estas áreas, de tal forma que se atiendan las necesidades
de la sociedad en cuanto al servicio público de suministro de combustibles,
en estricto apego a las normas de protección ambiental, salud y de
infraestructura”.
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Visión
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“Lograr la
consolidación como el órgano técnico especializado del MINAE en el
aprovechamiento racional de los recursos hidrocarburazos y en la provisión de
información ambiental diversa como insumo para una adecuada toma de
decisiones, la rendición de cuentas a la sociedad y la estimación del estado
del ambiente”
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Valores
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Prestar
los servicios a la sociedad costarricense que le encomienda la legislación,
con honestidad, diligencia, calidad y
eficiencia.
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Objetivo General
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“Lograr
un equilibrio entre la producción competitiva, la producción familiar y el
ambiente; de modo que el desarrollo de las actividades humanas esté en
armonía con el uso racional de los recursos naturales del país”
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Objetivos Específicos
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Mejora continua en
áreas críticas de servicio a la ciudadanía y a la actividad económica del
país para agilizar, simplificar y elevar la calidad de dichos servicios.
·
Aprovechar los recursos geológicos y mineros para cubrir las
necesidades humanas sustentablemente.
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Políticas Generales
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Promoción e
incorporación de prácticas productivas, que permitan el uso racional y la conservación
de los recursos naturales. El accionar de la DGH se enmarca en esta política
al proveer la información básica sobre los recursos del ambiente, así como
los servicios que permitan la exploración de los recursos geológicos y
mineros del país.
·
Ejecución del
Programa de Modernización del MINAE y las instituciones del sector. El
desarrollo de las capacidades para la prestación de servicios eficientes y de
calidad de la DGH, debe darse dentro del marco de modernización racional que
se lleva a cabo en el Ministerio
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Productos Principales
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Información sobre la exploración de hidrocarburos.
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La
primera ronda licitatoria para la exploración y eventual explotación de hidrocarburos
inició en 1997. Se ofrecieron quince bloques terrestres y diez marinos, en
las cuencas Limón Norte, Limón Sur, San Carlos, Caribe Norte, Caribe Sur,
Pacífico Norte y Pacífico Sur. El área de cada bloque no excedió los 2000
km².
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Como
resultado de este proceso licitatorio, la compañía MKJ Xploration Inc., de
Nueva Orleans, Louisiana, EEUU, obtuvo la concesión para explorar en cuatro
bloques, dos marinos y dos terrestres, ubicados en la provincia de Limón.
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La primera
fase de exploración, o fase de prospección sísmica, fue aprobada por la
Secretaría Técnica Nacional Ambiental, SETENA, en marzo del 1999; con esta aprobación y
según lo dispuesto por la Ley de Hidrocarburos, el acto adjudicatorio quedó
en firme. El Contrato de Concesión fue firmado por el Poder Ejecutivo y la
compañía interesada en agosto de 1999, y refrendado por la Contraloría
General de la República en octubre de 1999.
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La
segunda ronda licitatoria tuvo un período
de recepción de ofertas comprendido entre mayo y noviembre de 1999. Las áreas
ofertadas para ser concesionadas para exploración y explotación de
hidrocarburos, correspondieron con 14 bloques terrestres y 8 bloques marinos
ubicados en las cuencas Limón Norte, San Carlos, Caribe Norte, Pacífico Norte
y Pacífico Sur
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Se
recibieron dos ofertas sobre ocho bloques, provenientes de dos compañías
norteamericanas: San Antonio Gas & Oil Inc. (SAGO), la cual ofertó sobre
los bloques No. 1 y 11, y la empresa Mallon Oil Company Sucursal Costa Rica
(Mallon), que ofertó sobre los bloques N° 5, 6, 7 8, 9, 10 y 11.
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El Poder
Ejecutivo emitió su resolución de adjudicación en abril del 2000, adjudicando
a la empresa Mallon Oil Company Sucursal Costa Rica, una concesión sobre seis
bloques: N° 5, 6, 7, 8, 9 y 10 para un área total de 9497 km².
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Sin embargo, por diversas
razones, el Poder Ejecutivo dejó en suspenso la firma de los contratos al suspender
los efectos de las resoluciones de adjudicación en noviembre del 2002.
En la
actualidad la situación se mantiene y la exploración petrolera está
paralizada en nuestro país.
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Información documental sobre petróleo en Costa
Rica.
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MINAE tiene a disposición
la información recabada en las últimas exploraciones petroleras. Esta
información en forma de documentos, archivos digitales y mapas está
custodiada en las instalaciones de RECOPE en el Alto de Ochomogo.
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Información ambiental en el CENIGA.
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El Centro
Nacional de Información Geoambiental (CENIGA) es una dependencia actualmente
de la DGH. El CENIGA ofrece diversos productos en información. Por aparte se
describen éstos en detalle. Los principales son los siguientes:
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·
Datos fundamentales
nacionales.
·
Bases de datos
sobre temáticas del ambiente.
·
Normativa para la
difusión y el uso eficiente y eficaz de la información para los procesos de
toma de decisiones.
·
Apoyo para el diseño
e implementación de un sistema integral para información del sector.
·
Evaluación integral
sobre el estado del ambiente.
·
Mecanismos para la rendición de cuentas.
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Estructura Administrativa
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La Dirección
General de Hidrocarburos depende directamente del Despacho Ministerial. Actualmente está bajo la responsabilidad
del Licenciado Oscar Porras; al igual que la Dirección General de Transporte y Comercialización de
Combustibles.
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El CENIGA
cuenta con un Coordinador Técnico, responsabilidad encargada al Geol. Alvaro
Aguilar y un Coordinador Administrativo que actualmente es el Ing. Carlos
Barboza.
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El
organigrama actual es el siguiente:
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Marco Legal
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La
normativa que rige la gestión cotidiana de la Dirección General de
Hidrocarburos es la siguiente:
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Ley de
Hidrocarburos, No. 7399 del 18 de mayo de 1994.
·
Reglamento a la
Ley, Decreto No. 24735-MIRENEM, del 4 de diciembre de 1995.
·
Reglamento del
Sistema de Licitación para la celebración de contratos de exploración y
explotación de hidrocarburos, Decreto No. 25785-MINAE, del 29 de enero de
1997.
·
Reglamento de
Cesión de Derechos y Obligaciones de Contratos de Exploración y Explotación
de Hidrocarburos, Decreto No. 28148-MINAE, del 8 de octubre de 1999.
·
Reglamento al
artículo 49 de la Ley de Hidrocarburos (Reglamento de Exoneraciones), Decreto
No. 29020-MINAE-H, del 2 de noviembre de 2000.
·
El Decreto No. 29540-MINAE del mes de abril del 2001, que le da las
competencias al CENIGA.
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Glosario
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No procede. No es necesario. Las exploraciones petroleras están
paralizadas hasta el momento.
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Estudios y Cifras
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Igualmente no procede en estos momentos.
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Proyectos
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No procede
detallar. Posteriormente, en el 2008, se podrán añadir a la página algunas
actividades sustantivas que se llevarán a cabo en ese año, pero no en el
2007. Los proyectos de CENIGA se describen por aparte.
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CONTACTOS
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Puesto
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Nombre
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Teléfono
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Correo Electrónico
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Director
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Oscar
Porras
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223 78 08
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oxto@minae.go.cr
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4minae.go.crCoordinador
Administrativo CENIGA
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Carlos
Barboza
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221 02 38
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|
Coordinador
Técnico CENIGA
|
Alvaro
Aguilar
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255 04 13
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