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Periódico La Nación

Jueves 11 de Febrero, 2010

 


MARIO PEÑA

Desafíos ambientales ante el DR-CAFTA

 Es necesario impulsar reformas para una gestión ambiental eficiente

 

Mario Peña es consultor legal ambiental, profesor Derecho ambiental de la UCR y de la Universidad Tecnológica Centroamericana de Honduras.

Mediante referendo realizado el 7 de octubre del 2007, los costarricenses ratificamos el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana y los Estados Unidos (DR-CAFTA).

Este tratado comercial posee un capítulo específico que regula el tema ambiental, donde resaltan como obligaciones fundamentales: el cumplimiento de nuestra propia legislación ambiental, el compromiso de no dejar de aplicarla de manera efectiva, la no reducción de la protección ambiental como incentivo a la atracción de inversiones y el cumplimiento de las obligaciones contraídas mediante acuerdos multilaterales ambientales.

El incumplimiento sostenido y recurrente de dichas obligaciones, ya sea por acción u omisión, de manera que afecte el comercio entre las Partes, nos expondría al mecanismo de resolución de controversias previsto por el mismo tratado, y en última instancia, a una multa de $15 millones o a sanciones comerciales (medidas de retorsión) en caso de no cancelar la multa.

Mecanismos de control. De conformidad con el marco legal e institucional vigente, cabe preguntarse: ¿cuenta Costa Rica con capacidad de control, fiscalización, monitoreo de las actividades ambientales y con mecanismos de cumplimiento de la legislación que le permitan respetar las obligaciones contraídas ante el DR-CAFTA?

Un análisis actual de la legislación ambiental arroja como resultado que se trata de normativa dispersa, fragmentada, antigua, contradictoria.

El país ha contraído gran cantidad de obligaciones al ratificar un sinnúmero de tratados internacionales ambientales sin antes haber modificado ni adaptado la normativa de grado inferior a las obligaciones contraídas y a la vez, la entrada en vigencia de normas más modernas tampoco ha seguido un proceso derogatorio claro de la normativa anterior.

Mientras tanto, la gestión ambiental se caracteriza por su dispersión, bajo nivel de coordinación (inter e intrainstitucional), innumerables traslapos de competencias, presupuestos bajos, fiscalización, control y seguimiento deficiente, insuficiente, anormal, irregular y en el peor de los casos inexistente, donde en la mayoría de los casos se actúa contra denuncia y no de oficio (ausencia de enfoque preventivo), poca participación ciudadana, graves incumplimientos de resoluciones administrativas e incluso constitucionales; esto, último debido a que los mecanismos de ejecución existentes en el ordenamiento jurídico y, específicamente, en la Ley de la Jurisdicción Constitucional, son insuficientes, ineficaces e inadecuadas para garantizar el cumplimiento de esas resoluciones en el caso concreto.

Aunado a lo anterior, nuestra legislación ambiental es laxa en cuanto a incorporar enfoque ecosistémico y de género, así como de la variable transversal cambio climático (prevención, mitigación y adaptación).

Acción urgente. Un marco legal, tan amplio y lleno de requisitos y controles administrativos, no nos ha garantizado una gestión ambiental eficiente.

Aquí se presenta una urgencia de acción para Costa Rica, pues el cumplimiento de las obligaciones ambientales contraídas al aprobar el CAFTA-DR devienen en imposible, de acuerdo con el esquema legal actual, en razón de lo cual se puede concluir que nuestro país se ha obligado a compromisos que no puede ni podrá cumplir a corto ni mediano plazo, en el entendido de que el acatamiento de su propia normativa está por encima de sus capacidades actuales.

En ese sentido, la cooperación internacional en materia ambiental se presenta como una oportunidad de generar alternativas de solución a los problemas de gestión ambiental presentes.


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